Bizkaiko Albaitarien Argi Legezko Elkargoa. Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Bizkaia

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Código deontológico

Aprobado por la Asamblea General de Presidentes del CGCVE el 15-12-2018

Consejo General de Colegios Veterinarios de España.

La Ley 2/1974, de febrero, de Colegios Profesionales con las modificaciones introducidas pro la Ley 74/1978, de 26 de diciembre, por la Ley /1997, de 14 de abril, y por el Real Decreto Legislativo 6/200, de 23 de junio, establece en su artículo 9.1.a) que corresponden a los Consejos Generales de los Colegios, entre otras, las atribuidas por el artículo 5 a los Colegios Profesionales, en cuanto tengan ámbito o repercusión nacional. Entre ellas merecen especial atención las de ordenar la actividad profesional de los veterinarios, velando por la ética y dignidad de la profesión y por el respeto que se merecen los derechos de los particulares, ejerciendo la facultad disciplinaria dentro del ámbito de sus competencias; adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional, procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, impidiendo la competencia desleal entre ellos; y cumplir y hacer cumplir a los colegiados, las leyes generales y especiales y los Estatutos de la profesión así como los reglamentos de régimen interno, incluyendo las normas y decisiones adoptadas por los órganos colegiales, en materia de su competencia.

El Código es una recopilación de principios y reglas éticas cuyo objetivo es inspirar y guiar la conducta profesional de los veterinarios.

 

CÓDIGO DEONTOLÓGICO PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN VETERINARIA (916,15 kb)

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